Reclamaciones de cantidad entre particulares
Procedimiento monitorio europeo: cuándo usarlo frente al nacional
El procedimiento monitorio que se usa habitualmente en España para reclamar deudas dinerarias tiene una versión pensada específicamente para reclamaciones transfronterizas dentro de la Unión Europea: el proceso monitorio europeo.
Se utiliza cuando el deudor tiene su domicilio en otro Estado miembro distinto de España, y su principal ventaja es que el requerimiento europeo de pago, una vez firme, es directamente ejecutable en cualquier país de la Unión sin necesidad de un procedimiento adicional de reconocimiento (el llamado exequátur), lo que agiliza mucho el cobro.
El trámite es muy similar al monitorio nacional: se presenta mediante un formulario normalizado, común a toda la Unión Europea, acreditando la deuda, y si el deudor no se opone en plazo, se despacha ejecución directamente.
Para deudas con deudores dentro de España, el monitorio nacional sigue siendo la vía adecuada; el europeo tiene sentido precisamente cuando el elemento transfronterizo complicaría el cobro por la vía ordinaria.
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