Laboral y Seguridad Social
Igualdad y conciliación
- Tu empresa ha crecido y ahora te toca tener un plan de igualdad.
- Un empleado pide una reducción de jornada por cuidado de hijos y no sabes cómo gestionarlo.
- Tu empresa está a punto de superar los 50 trabajadores y no sabes desde cuándo te obliga a tener un plan de igualdad.
- Necesitas elaborar el registro retributivo y no sabes cómo justificar las diferencias salariales existentes.
A partir de 50 trabajadores, un plan de igualdad deja de ser recomendable para ser obligatorio, con un diagnóstico previo, unas medidas concretas y un registro retributivo que debe estar a disposición de la plantilla y de la representación legal de los trabajadores.
El registro retributivo, obligatorio para toda empresa con independencia de su tamaño, exige comparar salarios por categorías y sexo, y justificar cualquier diferencia superior al 25% que no responda a criterios objetivos.
Las solicitudes de reducción de jornada o adaptación de horario por conciliación han ganado peso en los últimos años, y gestionarlas bien —dentro de los plazos y con la respuesta motivada que exige la ley— evita buena parte de los conflictos que después acaban en juzgados de lo social.
Asesora Carlos Vicent Monterde →
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